NOTA INFORMATIVA : La “Explotación Sexual” en los Códigos de Conducta del Fondo Mundial

Year
2021

El Fondo Mundial ha establecido Códigos de Conducta, con los cuales los empleados, beneficiarios y proveedores de recursos, miembros de los Mecanismos de Coordinación de País (MCP), y directivos de alto mando deben cumplir al realizar su trabajo. Uno de los requisitos a los que todas las partes deben someterse según estos códigos, es la prohibición de la “ explotación sexual.” Sin embargo, debido a la confusión generalizada entre el trabajo sexual y la explotación sexual, existen preocupaciones de que esta cláusula pueda ser malinterpretada para excluir a las personas que ejercen el trabajo sexual.

Esta Nota Informativa aclara esta cláusula y proporciona información que las organizaciones miembros de la NSWP pueden usar en caso de ser cuestionadas por actores relacionados con el Fondo Mundial.

Puede descargar la Nota informativa de 4 páginas anterior. Está disponible en inglés, francés, ruso y español.